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Instrucciones:   Para comenzar el proceso de reclamación es necesario llenar el Formulario de reclamación de cáncer, trasplante de órganos y enfermedades críticas. [Para bajar el documento pdf e imprimirlo, haga clic aquí.] Además, debe tener disponibles los siguientes documentos, según sea el caso.

 

→  Documentos de apoyo del diagnóstico para el pago de beneficio –pago único durante la vida del/a asegurado/a:

 

● “By-Pass” – Arteria coronaria

Certificación de cardiólogo recomendando el procedimiento.

 

● Cáncer

Patología confirmando diagnóstico positivo

 

● Derrame cerebral o apoplejía (CVA)

Certificación del diagnóstico por un neurólogo, o copia de resultados de imágenes radiológicas.

 

● Infarto cardíaco

Certificación del diagnóstico por un cardiólogo o médico internista.

Lectura de electrocardiograma y resultado de enzimas cardíacas.

 

●  Fallo renal permanente

Certificación del diagnóstico por un nefrólogo o médico internista.

 

●  Trasplante de órganos principales

Resumen de alta de la hospitalización del trasplante de cualquiera de los siguientes órganos: corazón, hígado, páncreas, pulmones, riñones o médula ósea.

 

Nota:
Toda reclamación debe ser presentada con el Formulario de Reclamación correspondiente debidamente cumplimentado y firmado. La siguiente información es de vital importancia:

 

● Dirección postal completa y legible

 

● Seguro Social de la persona que paga la(s) póliza(s)

Todas las facturas deben incluir la fecha de incurrencia, estar debidamente identificadas por el proveedor, descripción médica y el cargo por los servicios recibidos.

* Favor de incluir copia de su último talonario como evidencia del descuento o cualquier otra evidencia de pago.

 

AVISO IMPORTANTE
Cualquier persona que a sabiendas y con la intención de defraudar presente información falsa en una solicitud de seguro o, que presentare, ayudare, o hiciere presentar, una reclamación fraudulenta para el pago de una pérdida o beneficio, o presentare más de una reclamación por un mismo daño o pérdida, incurrirá en delito grave y convicto que fuere, será sancionado, por cada violación con pena de multa no menor de cinco mil (5,000) dólares, ni mayor de diez mil (10,000) dólares o pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años, o ambas penas. De mediar circunstancias agravantes, la pena fija establecida podrá ser aumentada hasta un máximo de cinco (5) años; de mediar circunstancias atenuantes, podrá ser reducida hasta un mínimo de dos (2) años.